TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que se ha previsto para el presente ejercicio la ejecución de la Obra Extensión de la Red de Gas Natural en la zona denominada "El Cruce". Que de acuerdo a las normas administrativas vigentes corresponde declarar de Utilidad Pública y Pago Obligatorio las Obras de infraestructura que realice el Departamento Ejecutivo, para lo cual es necesario contar con la adhesión de los vecinos afectados a cada obra. Que se ha procedido a realizar el Registro de Oposición, el cual permaneció por un lapso de diez (10) días hábiles, y atendiendo que no se registraron oposiciones. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 10/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Declarase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ------------ ejecución de la obra "Extensión de la Red de Gas Natural Zona "El Cruce", sobre Ruta Provincial Nº 55 desde cruce Ruta Nacional Nº 226 y Ruta Provincial Nº 55 hasta Molinos Balcarce y desde cruce Ruta Nacional 226 y Ruta provincial Nº 55, comprendiendo Barrio Pologna, y sobre Ruta Nacional Nº 226, una longitud aproximada de mil metros, según detalle de los planos que forman parte del presente.----------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Doctor Fabián D. Ridao - VICEPRESIDENTE I - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------------